UNA LEY SIN CONCIENCIA ESTÁ DESALMADA
Con sumo gozo, les comparto el esquema de la conferencia pronunciada hoy 8 de agosto del 2010 por el Dr. P. Joaquín Martínez Valls, Rector de la Universidad Católica "Sedes Sapientiae". Lima, en el auditorio principal de la UCSS y en el marco de nuestras jornadas de capacitación docente. El fue Decano de la Facultad de Derecho de Alicante y miembro de la Rota de Madrid
La conciencia es lo más noble del hombre, señala el ser mismo de la persona. Orígenes dijo que es "¡alma del alma!". Las gentes reconocen su valor cuando dicen de alguien que "es una persona de conciencia".La libertad de conciencia es uno de los derechos fundamentales, reconocido por muchas constituciones. En la Constitución del Perú Artículo 2°, 3. El Catecismo de la Iglesia Católica nos define:"es un juicio de la razón por el que la persona reconoce la cualidad moral de un acto concreto que piensa hacer, esta haciendo o ha hecho"(N. 1796). Tiene por tanto una total relación con la moral, los principios o valores que están en el sentir profundo de un pueblo.
División. Principios morales. Formación de la conciencia. "Haz el bien, evita el mal".
Ley: norma escrita para el bien común, promulgada por la autoridad competente.
Condiciones: justa, razonable, posible, para el bien común, sobre algo necesario.
Clases: eterna, natural, positiva civil y/o eclesiástica.
Diferencias y semejanzas entre derecho (sólo los actos externos) y moral o ética (también los internos).
Actos humanos: son aquellos que realizamos con advertencia suficiente y con consentimiento libre. Sólo de estos somos responsables. Los otros, son actos del hombre, y no somos responsables. Al menos ante Dios y nuestra conciencia. Aunque a veces la autoridad pueda pedir responsabilidades
Es frecuente oír "No hay conciencia". Con esto se quiere decir que hay muchas personas que no respetan la majestad de los valores, los principios morales, y que se saltan un sistema ético y legal socialmente admitido.
Hay obligación de cumplir las leyes que, en principio, se presumen justas. Pero en caso de conflicto, grave y frontal, debe prevalecer la conciencia. Ya no es admisible aquello de la "obediencia debida" al que manda. Hay que obrar según la conciencia rectamente formada.
Recordemos a Sófocles, que ya en el siglo V a.C. pone en boca de Antígona, contra su tío y rey: "No creo que vuestras leyes tengan tanta fuerza que hagan prevalecer la voluntad de un hombre sobre la de los dioses. Sobre estas leyes no escritas e inmortales; estas no son de ayer, son de siempre. ¿Acaso podré por consideración a un hombre, negarme a obedecer a los dioses?". Antígona se rebela contra la orden del rey de no dar sepultura a su hermano. En la línea del "obrar" el Cristianismo siempre ha dado primacía a la conciencia frente a la norma positiva. ("Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres". El ejemplo de los mártires (¿Relación con las costumbres contra legem?).Hay que seguir el dictamen de la propia conciencia subjetivamente cierto, aunque objetivamente sea invenciblemente erróneo. Esto lo enseñó Sto.Tomás y antes Orígenes, San Agustín, San Ambrosio, San Bernardo y luego los grandes teólogos Bartolomé de Medina, Báñez, Vázquez, Suárez y otros.
En nuestros días ¿tienen justificación los crímenes de Hitler o Stalin? ¿Tiene justificación lo que pasó en Argentina y otros países, o recientemente en la antigua Yugoslavia? La trascendente lección del famoso proceso de Nüremberg. La creación de un Tribunal Internacional en 1993 para juzgar los crímenes de guerra en los Balcanes. Reflexión: ¿Se puede o debe mantener la eximente del Art. 20, nn. 8 y 9 del Código Penal peruano? (¿Obediencia debida al superior legítimo?¿También si ordena algo intrínsecamente malo, como matar a un indefenso, aunque sea criminal? El problema de los GAL en España. La lección del Vaticano II en la Gaudium et Spes, n. 79.
Repito. Norma suprema: seguir la propia conciencia rectamente formada. Pero no es suficiente decirle al hombre: 'Sigue siempre tu conciencia'. Es necesario añadir inmediatamente y siempre: Pregúntate a ti mismo si tu conciencia te esta diciendo la verdad o algo falso, y busca incansablemente la verdad. La falsa conciencia es el juicio de la mente cuando decide erróneamente que algo es legal cuando en realidad es ilegal, o viceversa. El error puede estar en los falsos principios usados o porque la mente fue obscurecida o confundida en su razonamiento. En la práctica un medio adecuado para no errar es conocer y ser fiel ala doctrina que propone el Magisterio de la Iglesia, tal como hemos citado en la Encíclica Veritatis Splendor: n.64). Y la presunción, en caso de duda, es que las leyes son justas.
La autoridad tiene que legislar teniendo en cuenta el bien común. Por eso, a veces, para evitar males mayores, permite, tolera o no prohíbe cosas que sabe que en sí son malas. Pero eso no quiere decir que las podamos hacer desde el punto de vista ético o moral. No todo lo permitido, tolerado o no prohibido jurídicamente es lícito hacerlo desde el punto de vista moral o ético (ejemplo, la prostitución). Y al revés, puede haber cosas prohibidas jurídicamente, que ética y/o moralmente se pueden hacer, y en ocasiones, incluso se deben hacer (ejemplo, cuando en un régimen dictatorial se prohíben los partidos políticos o los sindicatos libres). Si un jefe o superior ordena algo intrínsecamente malo hay obligación de desobedecer. Si no se considera bueno o es inconveniente o va contra los propios principios o convicciones, se podría pensar en la objeción de conciencia.
En correspondencia con la grandeza de la conciencia personal, las grandes Declaraciones de los derechos humanos reconocen la "libertad de conciencia" como uno de los derechos fundamentales, el cual a su ves es fuente de otros muchos derechos... De aquí que a dicho reconocimiento responda el derecho fundamental a "la objeción de conciencia", como el derecho que protege a la conciencia contra cualquier ingerencia extraña, bien sea de particulares o de los Estados o gobiernos. "Libertad" y "objeción de conciencia" están reconocidas en la declaración de los Derechos Humanos de la ONU (Art. 18); .La libertad de conciencia es uno de los derechos fundamentales, reconocido por muchas constituciones. En la Constitución del Perú Art. 2°, 3. En la Const. Española, Art. 19, d. Y en la Declaración sobre Libertad Religiosa del Vaticano II, nn. 1‑2. En la Gaudium et Spes, 79.
Recuerden: La ciencia sin conciencia es la ruina del hombre.
Medios para formar la conciencia:
La norma suprema que todo hombre descubre por si mismo: "Haz el bien y evita el mal". Pero hay cosas claras, otras no tanto. Por esto hay que formar la propia conciencia. Y los medios son:
1. Aceptar las enseñanzas morales, desde niños.
2. Además, en los mayores, el conocimiento de la vida cristiana, configurando los criterios morales con el patrimonio, los valores y el estilo de vida cristiano que se trasmite a través de las enseñanzas de la Tradición y del Magisterio de la Iglesia.
3. La reflexión.
4. El examen de conciencia personal y otros medios.
Por tanto, no es suficiente decirle al hombre: 'Sigue siempre tu conciencia'. Es necesario añadir inmediatamente y siempre: Pregúntate a ti mismo si tu conciencia te esta diciendo la verdad o algo falso, y busca incansablemente la verdad. La falsa conciencia es el juicio de la mente cuando decide erróneamente que algo es legal o bueno, cuando en realidad es legal o malo, o viceversa. El error puede estar en los falsos principios usados o porque la mente fue obscurecida o confundida en su razonamiento. En la práctica un medio adecuado para no errar es conocer y ser fiel a la doctrina que propone el Magisterio de la Iglesia. Leemos en la Encíclica Veritatis Splendor "Los cristianos, al formar su conciencia, deben atender con diligencia a la doctrina cierta y sagrada de la Iglesia...que se pone solo y siempre al servicio de la conciencia, ayudándola a no ser zarandeada aquí y allá por cualquier viento de doctrina..., a no desviarse de la verdad sobre el bien del hombre, sino a alcanzar con seguridad, especialmente en las cuestiones mas difíciles, la verdad y mantenerse en ella" (V S. n.64).