domingo, 29 de septiembre de 2013

SANTO TORIBIO EN PARARÍN

SANTO TORIBIO EN PARARÍN

La foto tomada por Sara Manjón de este relieve en piedra de Pararín, me da pie para compartirles dos documentos de Santo Toribio en este distrito de Ancash. Se trata del busto de un religioso misionero, con la palma del martirio y el rosario, y un bonete típico de los jesuitas y curas diocesanos de la época del santo. Bien podría tratarse del Santo Arzobispo.

El 10 de febrero del 1585 Santo Toribio Mogrovejo, arzobispo de Lima,  escribe desde la doctrina de San Juan de Pararín; a Felipe II, expresando su pesar por la actitud de la Real Audiencia de haber embarcado al Padre Fray Salvador de Rivera, Provincial y Prior de los Dominicos:

Andando visitando y confirmando bien lejos y apartado de la Ciudad de los Reyes, hoy día de la fecha, tuve relación cómo por orden de la Audiencia habían embarcado al Padre Fray Salvador de Rivera, Provincial de la Orden de Santo Domingo y al Prior del mismo convento por haber ciertos frailes del monasterio tomado ciertos retraídos pasando junto a él los cuales había sacado de la justicia del mismo monasterio, de que todo ello dará cuenta y más entera relación el Padre Provincial y de cómo paso por no poderla yo dar con certeza por no me haber hallado presente.

El Padre Provincial es persona muy principal y de muy nobles padres, nacido en esta tierra, de muchas veras y es muy observante en las cosas de su religión y así mismo el Padre Prior de la Orden que va en su compañía es persona de mucho nombre en este reino y dotado de muchas virtudes muy ejemplar en su vida y como a tal la Orden le ocupado en oficios muy principales.

Suplico a vuestra Alteza en todo lo que hubiere lugar les haga merced muy cumplida pues con tantas veras vuestra alteza favorece a las Órdenes y a los naturales de estos reinos como es razón mandando así mismo a las justicias seglares atiendan a la inmunidad de las iglesias y sean observantes cerca de lo que el Santo Concilio de Trento en esto de la inmunidad de las iglesias dispone con tanto calor y rigor especial en este Reino pues de hacerse lo contrario se desedificarían grandemente estos naturales lo cual se ha de procurar por todas vías evitar. Guarde Nuestro Señor la católica real persona de Vuestra Alteza en su servicio con acrecentamiento de mayores reinos y señoríos.

En la doctrina de San Juan de Pararín, 10 de febrero de 1585 (Toribio Alfonso Mogrovejo, Arzobispo de Los Reyes)

 

DIARIO DE LA VISITA:

En catorce días del mes y año visitó SU SEÑORÍA la doctrina de san Juan de Pararín, de que es cura el Padre Pedro López, clérigo presbítero que sabe muy poco la lengua, la cual tiene los pueblos y tributarios siguientes:

Primeramente, el pueblo de la Santísima Trinidad de Llacllin de la dicha doctrina, tiene 56 indios tributarios y 29 reservados y 225 de confesión y 280 ánimas chicas y grandes y 280 ánimas chicas y grandes. Tiene la iglesia de este pueblo 265 cabezas, chicas y grandes de ganado, las 184 en cabras y las 81 en ovejas. Es sierra fría, razonable temple.

[11] El pueblo de San Juan de Pararín de la dicha doctrina, que está a una legua de Llacllín, tiene 226 indios tributarios y 92 reservados y 935 ánimas de confesión y 1207 animas chicas y grandes. Es pueblo de cabezadas, frío y de mal temple.

Tiene la iglesia de este pueblo 654 ovejas de Castilla, chicas y grandes, y 277 cabras.

El pueblo de la Magdalena de Maravia, de la dicha doctrina, está a tres leguas del pueblo de Pararín; es chaupi yunga de buen temple y pueblo de recreación. Hay en él 73 indios tributarios y 27 reservados y 251 personas de confesión y 360 ánimas.

 Tiene la iglesia de este pueblo 217 cabezas de cabras, chicas y grandes;

hablan los indios de toda esta doctrina la lengua general del Inga.

[11v] Confirmó Su Señoría Ilustrísima la vez pasada en los tres pueblos de esta doctrina 1633 personas y esta vez 389;

todo lo cual contestó por los testimonios de la visita que hizo Acacio Ramírez de Sosa, firmados de su escribano. Montan los tributarios de toda esta doctrina 355.

Tiene de sínodo esta doctrina 540 pesos ensayados. Todo lo cual juro ser verdad el dicho cura y lo firmó. Ante mí ALMANZA, público notario secretario. D. Domingo Guamán, Pedro López de Figueroa, D. Miguel Cubas, Don José Agüero.

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